Catamarca
La provincia de Catamarca implementa el sistema de Juicio por Jurados desde 2021, consolidando un modelo de participación ciudadana en el ámbito judicial.
La provincia de Catamarca estableció el juicio penal por jurado a través de la Ley N.º 5719, sancionada el 28 de octubre de 2021. Esta normativa fue luego corregida por la Ley N.º 5744 en abril de 2022. Según la ley, los jurados populares estarán compuestos por 12 personas titulares más al menos 2 suplentes, con paridad de género entre hombres y mujeres.
La jurisdicción del juicio por jurado se aplicará obligatoriamente para delitos graves, aquellos cuya pena máxima en abstracto sea de 20 años o más, e incluye también los delitos conexos.
Los juicios por jurado se deben realizar en la circunscripción judicial donde ocurrió el hecho, aunque la ley prevé la posibilidad de trasladar el juicio a otra jurisdicción si no es posible conformar un jurado imparcial. Además, luego de que el jurado emite su veredicto, hay una audiencia de cesura: si el veredicto es de no culpabilidad, el juez declara la absolución inmediatamente; si hay veredicto de culpabilidad, se reabre el debate para individuales y aplicar la pena correspondiente.
Un aspecto clave: La Corte de Justicia de Catamarca reafirmó que los veredictos de absolución emitidos por un jurado no son apelables por la fiscalía o la querella, lo que refuerza la autoridad y la decisión final del jurado popular. Con la implementación de este sistema, Catamarca apuesta por una justicia más democrática, donde la ciudadanía participa activamente en los procesos penales más graves, reforzando la legitimidad de los veredictos y asegurando que las decisiones judiciales reflejan también la voz del pueblo.
Repositorio de Documentos
Accedé a los materiales utilizados en la implementación del Juicio por Jurados en esta provincia. Los documentos están disponibles para consulta exclusiva y requieren completar un formulario para su descarga.










