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Entre Ríos

La provincia de Entre Ríos implementa el sistema de Juicio por Jurados desde el 5 de noviembre de 2019, consolidando un modelo de participación ciudadana en el ámbito judicial.

La Ley N.º 10.746 de Juicio por Jurados fue sancionada el 5 de noviembre de 2019. Esta norma establece que los juicios penales por delitos graves (aquellos cuya pena máxima en abstracto sea de 20 años o más) se llevarán a cabo con un tribunal compuesto por un juez técnico y un jurado popular integrado por 12 ciudadanos titulares y, como mínimo, cuatro suplentes, con paridad de género. 

Los jurados son sorteados a partir del padrón electoral y convocados mediante una “Audiencia de Selección de Jurados” (“voir dire”). Al iniciarse el juicio, prestan juramento, escuchan las pruebas y, tras los alegatos, deliberan en forma secreta para emitir un veredicto sobre la culpabilidad o no de la persona acusada. 

En cuanto a la remuneración, los jurados titulares y suplentes reciben una compensación diaria por su labor, que se fija mediante reglamentación del Superior Tribunal de Justicia. También se resarcen gastos de movilidad, alojamiento y viáticos cuando corresponda. 

Un punto destacado: el veredicto de “no culpable” dictado por el jurado es irrecurrible. El sistema de jurado popular en Entre Ríos fue diseñado para fortalecer la participación ciudadana en procesos penales, en línea con mandatos constitucionales provinciales y nacionales.

Repositorio de Documentos

Accedé a los materiales utilizados en la implementación del Juicio por Jurados en esta provincia. Los documentos están disponibles para consulta exclusiva y requieren completar un formulario para su descarga.

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